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Doñana: prioridad del regadío

La noticia «La llegada de agua del trasvase a Doñana permite iniciar el cierre de pozos alegales» es un reflejo de las prioridades reales en la gestión del agua. Como se desprende del propio titular, la reducción de extracciones del acuífero depende de que se habiliten fuentes alternativas, siendo lícita su sobrexplotación hasta que no se dispongan de ellas. Es como permitir el exceso de velocidad en una carretera secundaria mientras no esté construida una autopista paralela.

En la entrada «Acuífero 27 (Doñana): problema grave, medidas diletantes» se trata este tema, reflejando la desproporción entre el volumen de las extracciones para el regadío (más de 100 hm³) frente la reducción de la extracción real planteada (5 hm³). Es decir, a efectos de la protección del acuífero no hay que esperar un gran cambio con esta medida.

En el cuerpo de la noticia se aprecia que el cierre de pozos se hace en cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental del trasvase (DIA), no por convencimiento o preocupación por la protección del acuífero. Es un reflejo de la realidad, no sólo de este caso, que parece justificar la no adopción de medidas de protección en cuanto las mismas pueden suponer un perjuicio para los regantes. La prioridad de la protección medioambiental, aunque está reflejada en la legislación, es continuamente puenteada ante el miedo a la reacción social y de los medios de comunicación. El regadío no es tratado como otra actividad económica, sino que se le envuelve en un halo de misticismo.

Otro aspecto significativo de la noticia es que los agricultores presumen de haber pagado parte del coste de la infraestructura: 5,5 de 20,5 millones de euros, el 27%. Es decir, una subvención importante para una medida poco efectiva, cuya mayor finalidad, a pesar de lo que se quiera vender, parece estar alejada de la protección del recurso. ¿Se aplica adecuadamente el principio de recuperación de costes?

No se pone en duda la legitimidad del regadío como medio de producción. En una actividad económica que ha de estar adaptada a las reglas del juego. Ha de ser sostenible medioambientalmente. Mientras que en la legislación se incorpora esta necesidad, en su aplicación se producen todo tipo de retorcimientos; se hacer pasar como ambientales actuaciones con un objetivo distinto, mientras las medidas reales de protección se posponen sine die.

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