Si el Trasvase es nocivo para el Mar Menor, ¿por qué se mantiene la Ley que obliga trasvasar?
La Audiencia Nacional avala el recorte al Trasvase por el mal estado del Mar Menor
El alto tribunal considera que la decisión que tomó el Ministerio en 2020 de enviar menos agua al regadío del Levante debido a la contaminación por nitratos de la laguna y el acuífero «se encuentra debidamente justificada»
La Opinión de Murcia
Alberto Sánchez | @asanchez777 | 09·07·22
Desde 2020 varias decisiones de trasvase por el Tajo-Segura cuando estaban en nivel 3 de las reglas de explotación se dieron por debajo de los 20 hectómetros cúbicos máximos fijados en la legislación. Meses en los que la Comisión central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura recomendaba trasvasar el máximo permitido, los 20 hectómetros cúbicos. A pesar de esta recomendación, la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (o, por delegación, el Secretario de Estado de Medio Ambiente) autorizaba 3,8 hectómetros cúbicos menos, el equivalente a la parte del botín que le corresponde al regadío del Campo de Cartagena en el citado nivel 3 de las Reglas de Explotación. El argumento de esta reducción era el estado del Mar Menor y el impacto sobre el mismo causado por los regadíos del Trasvase que se encuentran en su cuenca vertiente. A modo de ejemplo, se reproduce la parte final de la nota de prensa del Ministerio del 24 de enero de 2020 que anuncia la decisión de trasvase de ese mes:
CONDICIONES PARA LA DECISIÓN FINAL
Además de la consideración de las reservas en los embalses de Entrepeñas y Buendía y de los consumos en la cuenca receptora que refleja el informe del CEDEX, en la decisión final de trasvase se ha tenido en cuenta el avance de resultados de un estudio del drenaje desde el acuífero cuaternario del Campo de Cartagena al Mar Menor que está realizando la empresa TRAGSA.
En él, se adelantan unos valores de la descarga de agua subterránea de entre 5 y 13 hm3/año con conductividades muy elevadas que alcanzan valores promedio de unos 14.000 µ/cm y altas concentraciones de nitratos con valores promedio de 148 mg/l que llegan a 700 mg/l en el entorno de Los Urrutias. El buen estado químico de una masa de agua subterránea exige concentraciones de nitratos menores a los 50 mg/l.
En el mismo sentido, también se ha considerado la declaración del mal estado químico de la Masa de Agua Subterránea del Acuífero Cuaternario del Campo de Cartagena, que previsiblemente formalizará la Confederación Hidrográfica del Segura durante el próximo mes de febrero.
La minoración del trasvase máximo posible que permitirían las reglas de explotación del trasvase para el regadío se realiza teniendo en cuenta toda esta información y en aplicación de los principios de prevención y precaución que deben presidir la acción de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la orden ministerial subraya que corresponde al Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura, y a la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, en el ejercicio de su competencia y responsabilidades, la adecuada aplicación de los recursos procedentes del Trasvase Tajo-Segura durante el tiempo en que los mismos vengan condicionados por la situación de crisis ecológica en el Mar Menor.
Estas decisiones fueron recurridas ante la justicia. Por lo que se recoge en prensa, la Audiencia Nacional ya se ha pronunciado, indicando que la decisión de trasvasar menos «e encuentra debidamente justificada».
Hasta aquí lo que es la noticia. Es decir, nada relevante, el teatro habitual. Lloriqueos, recursos, pleitos, medallitas, jaleo y gasto inútil de dinero público. Todo para que nada cambie. ¿Se quedaron sin agua del trasvase los riegos del Campo de Cartagena cuando se redujo el trasvase en nivel 3 con el criterio antes expuesto? Suponemos que habrán recibido la parte proporcional según los volúmenes establecidos en la disposición adicional primera de la Ley 52/1980. ¿Se ha reducido el trasvase al aprobarse trasvases mensuales por debajo de los 20 hectómetros cúbicos máximos en nivel 3? No, porque si bien se autorizó menos trasvases durante unos meses, esa agua que no se trasvasó se quedó embalsada en Entrepeñas y Buendía, facilitándose que en los mese siguientes se entrase antes en nivel 2 con mayor trasvase. Cualquier decisión que se tome de no apurar el máximo trasvase posible en nivel 2 implica una menor caída en las reservas embalsadas y adelantar el tiempo de recuperación para el nivel 3.
Por tanto, lo que se tiene es que se reconoce desde la propia Administración que trasvasar aguas termina perjudicando al estado ecológico del Mar Menor, pero su enérgica actuación se limita al postureo de una reducción aparente del trasvase por unos meses que realmente no lo es. Es solo retrasarlos un poco en el tiempo. Parece querer aplicar el principio de quien contamina paga a los regadíos del Trasvase, pero se queda en una bravuconada sin efectos prácticos. Enfollonamiento sin interés por aplicar soluciones efectivas.
Al final tenemos lo que tenemos. Se reconoce que el trasvase pudre el Mar Menor pero tenemos unas legislación que obliga a trasvasar para continuar destrozándolo. ¿Por qué no se ha promovido un cambio en la legislación del Trasvase para evitarlo?