Archivo de la categoría: trasvase Tajo-Segura

El trasvase Tajo-Segura en el abastecimiento urbano según el Plan del Segura

La propuesta del Plan del Segura estima una demanda de usos de abastecimiento ─incluido el turismo y todos los municipios de la Mancomunidad de Canales del Taibilla─ de 238 hm³ en el año 2021. Los recursos medios que considera para atenderlos son 66 hm³ de recursos superficiales propios, 9 hm³ y 1 de garantía a Canal Hellín de aguas subterráneas no renovables, 63 hm³ de desalinización (sobre un máximo de 179 hm³) y 100 hm³ del trasvase Tajo-Segura (sobre un máximo de 110+9 hm³). (Datos extraídos de la página 351 de la propuesta del Plan del Segura).

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Sobre «Torpedos contra el trasvase»

En la noticia/opinión «Torpedos contra el trasvase» (Manuel Buitrago en La Verdad; 25/9/2015), se muestra la indignación del autor porque el borrador del Plan del Tajo expone dos conceptos, a su juicio, inexactos: el «malestar a los ribereños al anular las posibilidades de desarrollo ligadas al agua» y la referencia a que el 8 de marzo de 2014 se sobrepasaron en Entrepeñas y Buendía los 900 hm³. En esta página ya se han tratado estos temas en entradas anteriores (por ejemplo: Sobre el nivel de referencia de 400 hm³ en Entrepeñas y Buendía, Raya del 40%, Las trece subvenciones encubiertas del Trasvase Tajo-Segura y un epílogo imposible o Sobre «Mentiras y verdades sobre el Tajo-Segura»). No obstante, aunque sea repetirnos, se considera conveniente replicar y rebatir los argumentos de la noticia.

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Sobre la Orden que aprueba el trasvase del mes de septiembre

La Orden Ministerial que aprueba el trasvase de septiembre indica que el volumen de existencias efectivas en el conjunto de embalses Entrepeñas-Buendía, a fecha 1 de septiembre de 2015, era de 351,575 hm³ por lo que, acorde con lo establecido en el punto 1 de la Disposición adicional decimoquinta, «Reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura», de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se ha constatado que se está en situación hidrológica excepcional, nivel 3″. Pero en la disposición adicional referida, se indica textualmente: «Nivel 4. Se dará esta situación cuando las existencias conjuntas en Entrepeñas y Buendía sean inferiores a 400 hm³, en cuyo caso no cabe aprobar trasvase alguno.».
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Trasvase Tajo-Segura: pactos, memorándum, despotismo hídrico

“Hace no muchos meses hubo un acuerdo … espero que el presidente de Castilla-La Mancha asuma los acuerdos a los que hemos llegado en su día en este momento”. Así se expresaba el Presidente del Gobierno en una entrevista radiofónica el 3/9/2015. En términos similares se defiende desde posiciones protrasvasistas el cumplimiento del pacto del memorándum. Existe una historia de pactos impuestos a favor del trasvase e ignorando o despreciando al Tajo. Para maquillarlo se usa y abusa del recurso retórico de «prioridad de la cuenca cedente», sin concretarlo en la práctica. Es despotismo hídrico.

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El Trasvase Tajo-Segura y el abastecimiento de las poblaciones de Murcia y Alicante

Se viene afirmando por responsables políticos y medios de comunicación que con el agua del Trasvase Tajo-Segura se abastecen «más de 2,5 millones de habitantes de Murcia y Alicante». Se trata, sin duda, de destacar la importancia de este Trasvase para el abastecimiento de población, pero ello debería hacerse sin torturar las cifras para hacerles confesar mentiras manifiestas.

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Las verdaderas mentiras del trasvase Tajo-Segura

En la polémica surgida/retomada en los últimos meses alrededor del Trasvase Tajo-Segura, en las declaraciones de los responsables políticos y en los medios de comunicación se presentan por parte de los intereses del Sureste cifras que se alejan velozmente de la realidad con la clara finalidad de defender posiciones pro domo súa . Las líneas que siguen pretender ser un primer intento de desmontar algunas de las falacias que se suelen exponer.

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Desalinización: del achatarramiento a la subvención

Curioso el cambio de parecer en una misma legislatura respecto a la desalinización. Empezó ridiculizando las costosas desaladoras, con la propuesta de vender como chatarra los equipamientos de las plantas recién construidas. Ahora son la última esperanza, buscándose a la desesperada fórmulas para subvencionarlas. ¿Funciona la planificación hidrológica?

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Compensaciones y chucherías para Castilla-La Mancha

En el mes de agosto de 2015 son recurrentes las referencias en prensa al pago de compensación de los regantes del trasvase a las comunidades autónomas, en especial a Castilla-La Mancha. Como se ha expuesto en entradas anteriores (Véanse las entradas “Las trece subvenciones encubiertas del Trasvase Tajo-Segura y un epílogo imposible” y “Sobre «Mentiras y verdades sobre el Tajo-Segura»“), los usuarios del trasvase ─riegos y abastecimiento─ no pagan nada en concepto de compensación. Se confunde ─posiblemente intencionadamente─ con el pago de la amortización (parte ‘a’ de la tarifa) que, con posterioridad, el Estado tiene a bien repartir entre las comunidades autónomas de Castilla-La Mancha, Madrid y Extremadura, siendo una mínima parte de las transferencias entre el Estado y estas comunidades autónomas.

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Comparación de imágenes aéreas del embalse de Entrepeñas

Continuando la temática de la entrada «Raya del 40%» se muestra una comparativa de la parte del embalse de Entrepeñas comprendido entre las carreteras N-320 y N-204, mediante la imagen del satélite SPOT5 (tomada en 2010, con el nivel de Entrepeñas aproximadamente al 60%), la cartografía 1:50000 (que representa la ocupación a capacidad máxima) y la ortofoto del vuelo del PNOA de 2006 (nivel del embalse similar al de agosto de 2015, sobre el 16%). Las imágenes han sido capturadas del visor Iberpix2 del IGN.

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Sobre «Mentiras y verdades sobre el Tajo-Segura»

En la edición del 18 de agosto de 2015 se publica en el diario La Verdad el artículo «Mentiras y verdades sobre el Tajo-Segura». Aborda aspectos de la gestión del Trasvase-Tajo Segura con un aspecto sesgado e interesado ─apreciación personal del autor de esta entrada─. En las siguientes líneas se comentan y rebaten las ideas y conceptos del artículo.

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Sobre el caudal en Aranjuez en verano de 2015

Aguas abajo de Aranjuez confluyen los ríos Jarama y Tajo. En 1967, los ideólogos del Trasvase Tajo-Segura consideraron que a partir de Aranjuez era suficiente con las aportaciones del Jarama, reservando la mayor parte de los recursos de la cabecera del Tajo para el trasvase con un pequeño remanente para los regadíos con toma aguas arriba de Aranjuez. Posteriormente se advirtió que, con el planteamiento dado en el anteproyecto del aprovechamiento conjunto de los ríos Tajo y Segura, el río Tajo a su paso por Aranjuez estaría seco. Para evitarlo, se fijó en la Ley 52/1980 un caudal mínimo legal en Aranjuez de 6 m³/s, que a su vez garantizaba la refrigeración de la central nuclear de Zorita.

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Sobre el nivel de referencia de 400 hm³ en Entrepeñas y Buendía

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, entró en vigor el 12 de diciembre de 2013, conforme a lo dispuesto en su disposición final décima. En el punto uno de la disposición final tercera se modifica la disposición adicional tercera de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, fijándose en 400 hm³ el umbral de existencias almacenadas en Entrepeñas y Buendía por debajo del cual “no se podrán efectuar trasvases en ningún caso”. Adicionalmente, en la Ley 21/2013 se fija un régimen transitorio definido en la disposición transitoria segunda.

El 11 de agosto de 2015 las existencias almacenadas en Entrepeñas y Buendía se han situado por debajo de los 400 hm³, apareciendo interpretaciones y opiniones contrapuestas sobre el nivel de referencia vigente. En estas líneas, siempre desde el punto de vista de su autor, se intenta aclarar y definir cuál es la situación.

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