Sobre las previsiones de aportaciones del Trasvase

Las reacciones al trasvase aprobado en marzo han traído a colación la previsión de aportaciones. En las órdenes ministeriales publicadas en el BOE se incluye una expresión del estilo «así como las aportaciones previsibles». Desde el Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se afirma que «El Ministerio no es que esté trasvasando el agua que hay en los embalses, es que está trasvasando las previsiones de lluvia» (declaraciones de José Luis Martínez Guijarro, vicepresidente del Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, recogidas en guadaque.com el 14/3/2017). La previsión de las aportaciones de los siguientes meses es un elemento importante en la decisión de los trasvases a realizar, pero ¿cómo son de fiables estas previsiones? Lo que lleva también a la siguiente reflexión: si contando con el sistema de Entrepeñas y Buendía, de regulación hiperanual, es habitual tener que afinar las decisiones de trasvases con las aportaciones a tres meses, ¿no es síntoma de que la gestión es un desastre?

Seguir leyendo Sobre las previsiones de aportaciones del Trasvase

image_pdfimage_print
 

El MAPAMA y sus decisiones de trasvase

El BOE del 14/3/2017 publica la «Orden APM/222/2017, de 9 de marzo, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 20 hm³ para el mes de marzo de 2017». De nuevo la ministra aprueba el máximo trasvase posible. Es una decisión coherente con la política del MAPAMA, consistente en contentar al lobby de regantes del trasvase Tajo-Segura todo lo que pueda, mientras se desentiende de otros aspectos de la gestión del agua.

Seguir leyendo El MAPAMA y sus decisiones de trasvase

image_pdfimage_print
 

Los 400 hm³ no garantizan los usos consuntivos del Tajo

3.2.8.6.3 Restricciones de ámbito legal

El Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, establece en su artículo 1 las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura, normas que se han incorporado al Modelo del Alto Tajo.

Dado que en su disposición adicional segunda, el citado real decreto establece que las disposiciones contenidas en él no podrán afectar a las asignaciones, reservas, caudales ecológicos y mínimos, previstos en el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo, aprobado mediante Real Decreto 270/2014, de 11 de abril, en el modelo no se han considerado los desembalses de referencia establecidos en el artículo 4 del RD 773/2014 como un factor limitativo, toda vez que, tal y como además se establece en el apartado 2 del citado artículo podrán superarse, con la debida justificación, en particular por requerimientos ambientales.

(texto extraído de la página 28 del «Anejo 6 – Asignación y reservas de recursos» del «Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo 2015-2021»)

La «disposición adicional tercera. Trasvase Tajo-Segura.» de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional ─tras su retoque post-Memorándum─ indica que «se considerarán aguas excedentarias todas aquellas existencias embalsadas en el conjunto de Entrepeñas-Buendía que superen los 400 hectómetros cúbicos». Pero su justificación no se encuentra en ningún plan hidrológico (ni Nacional ni del Tajo), sino en el documento «El sistema de cabecera del Tajo y el Trasvase Tajo-Segura» ─Francisco Cabezas, diciembre de 2013─, presentado como anejo técnico en la tramitación del «Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura». Para la justificación de este umbral, el autor del documento impone unos límites para los desembalses del Tajo … que incluso el propio Plan del Tajo indica que se han de superar.

Seguir leyendo Los 400 hm³ no garantizan los usos consuntivos del Tajo

image_pdfimage_print
 

¿Es necesario un nuevo modelo de administración pública del agua en España para el siglo XXI?

El modelo de la administración pública del agua del siglo XX.

En el último tercio del siglo XIX se comienza a configurar una administración pública del agua en España. Bajo un régimen liberal de laissez faire, caracterizado porque las funciones del Estado se limitaban a las de «guardia de tráfico», se dejaban los aprovechamientos y las obras hidráulicas en manos de la iniciativa privada. El otorgamiento de las concesiones de recursos correspondía a las Divisiones Hidrológicas, dependientes del ministerio de Fomento, y la autorización para la ejecución de obras hidráulicas a los Gobiernos civiles de las provincias. Las leyes de aguas de 1866 y 1878 se limitaban a la ordenación de las aguas fluyentes. Fueron abundantes los conflictos de competencias y escasas las realizaciones llevadas a cabo.

Seguir leyendo ¿Es necesario un nuevo modelo de administración pública del agua en España para el siglo XXI?

image_pdfimage_print
 

¿Cómo estaría Entrepeñas si …?

Complementando la entrada «Trasvase y uso recreativo del Tajo», se recogen una serie de gráficos, ortofotos y perspectivas generadas a partir de las mismas que facilitan la comparación rápida de cómo era la situación que se tenía antes de que entrara en funcionamiento el trasvase Tajo-Segura y como podría ser con otra gestión.

Seguir leyendo ¿Cómo estaría Entrepeñas si …?

image_pdfimage_print
 

Trasvase y uso recreativo del Tajo

El «respeto a la unidad de la cuenca hidrográfica, de los sistemas hidráulicos y del ciclo hidrológico» es uno de los «principios rectores de la gestión en materia de aguas» fijados en el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), definiéndose el concepto de «cuenca hidrográfica» en el artículo 16 del TRLA. Cualquier actuación, incluyendo los trasvases intercuencas, debe seguir este «principio rector». En el caso del trasvase Tajo-Segura se podría considerar que se sigue atendiendo a lo dispuesto en la Ley 21/1971, de 19 de junio, sobre el aprovechamiento conjunto Tajo-Segura y en la Ley 52/1980, de 16 de octubre, de Regulación del Régimen Económico de la Explotación del Acueducto Tajo-Segura, pues establecen que sólo se trasvasarán «caudales regulados excedentes procedentes del río Tajo» (Artículo 1º de la Ley 21/1971), «las aguas que se trasvasen sean, en todo momento, excedentarias en la cuenca del Tajo» y «el carácter de excedentarias se determinará en el Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo» (disposición adicional novena de la Ley 52/1980).

Seguir leyendo Trasvase y uso recreativo del Tajo

image_pdfimage_print
 

Trasvase de febrero de 2017. Otro en nivel 4 de las Reglas de Explotación

«… el volumen de existencias efectivas en el conjunto de embalses Entrepeñas-Buendía, a fecha 1 de febrero de 2017, era de 398,4 hm³ por lo que, acorde con lo establecido en el punto 1 de la disposición adicional quinta, «Reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura», de la Ley 21/2015, de 20 de julio, de Montes, se ha constatado que se está en situación hidrológica excepcional, nivel 3.»

(Extraído de la «Orden APM/156/2017, de 24 de febrero, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 20 hm³ para el mes de febrero de 2017», publicada en el BOE del 28/2/2017)

«…Nivel 4. Se dará esta situación cuando las existencias conjuntas en Entrepeñas y Buendía sean inferiores a 400 hectómetros cúbicos, en cuyo caso no cabe aprobar trasvase alguno.»

(Copiado el punto 1 de la «Disposición adicional quinta. Reglas de explotación del Trasvase Tajo-Segura» de la «Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes»; misma definición en el artículo 1 del «Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura»).

Una vez más la Ministra del MAPAMA aprueba un trasvase cuando las existencias efectivas almacenadas en Entrepeñas y Buendía son inferiores a 400 hm³, mientras que la Ley resultante tras el Memorándum indica clara e inequívocamente que se está en el nivel 4 de las reglas de explotación y «no cabe aprobar trasvase alguno».

Seguir leyendo Trasvase de febrero de 2017. Otro en nivel 4 de las Reglas de Explotación

image_pdfimage_print
 

El MAPAMA y la colaboración entre Administraciones

«El Ministerio de Agricultura aprueba un trasvase al Segura de 20 hectómetros» (La Verdad, 27/2/2017);
«El Gobierno regional considera “inaudito” que se conozcan los trasvases aprobados a través de los medios de comunicación murcianos» (Nota de prensa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, 27/2/2017).

El primer enlace es una noticia que filtra la existencia de un acuerdo adoptado en el seno de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura de solicitar a la Ministra del MAPAMA un trasvase de 20 hm³ para el mes de febrero de 2017, dando por asumido que la Ministra lo autorizará. El segundo, una nota de prensa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha mostrando su reacción ante la filtración.

Seguir leyendo El MAPAMA y la colaboración entre Administraciones

image_pdfimage_print
 

¿Es el Trasvase estratégico para Europa?

«Los regantes del Trasvase Tajo-Segura consideran que el Sureste de España es una zona estratégica para el suministro de alimentos al resto de Europa, como se comprobó recientemente con la ola de frío. La destrucción de las cosechas en otros países convirtió a la Región de Murcia, Alicante y Almería en la despensa europea de los productos hortícolas de invierno. El presidente del Sindicato de Regantes (Scrats), Lucas Jiménez, subrayó ayer que este es otro argumento de peso para que se garantice el agua que necesitan los cultivos de la cuenca del Segura.»

(Texto extraído de la noticia «Los regantes apelan al papel estratégico del Sureste para garantizar alimentos a Europa»; La Verdad, 25/2/2017).

¿Garantiza el trasvase Tajo-Segura la alimentación de los europeos? Es lo que parece sugerirse de diversas declaraciones y artículos en medios trasvasistas en las últimas semanas. Al punto de auto asignarse un carácter estratégico.

Seguir leyendo ¿Es el Trasvase estratégico para Europa?

image_pdfimage_print
 

El paralizado «Observatorio Nacional de la Sequía»

Entre julio de 2016 y la fecha de redacción de estas líneas, el MAPAMA (Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente) ha publicado 14 notas de prensa relacionadas con la sequía. Frente a esta labor propagandística de autobombo, en la página web del «Observatorio Nacional de la Sequía» la última información que se ofrece corresponde a mayo de 2016. Refleja el ideario del MAPAMA: sí a la propaganda, no a la información(*).

Seguir leyendo El paralizado «Observatorio Nacional de la Sequía»

image_pdfimage_print
 

Sobre el precio del Trasvase y la desalación

«Los regantes, abocados a la desalación, afrontan un precio cinco veces mayor» (La Verdad, 17/2/2017). El titular de la noticia tiene doble reivindicación: más trasvases y subvención del agua desalada. En el cuerpo de la noticia se indica, sobre el agua desalada, que «la están pagando a 47,5 céntimos el metro cúbico, frente a los 9,7 del Trasvase». Se podría explicar esta diferencia teniendo en consideración que se trata de fuentes diferentes de suministro, con distinta tecnología. Y podría ser cierto si nos atenemos a que es «lo que están pagando» los regantes del trasvase Tajo-Segura, base de la demagogia y lloriqueo del lobby. Pero no se puede extrapolar a términos de costes, ya que el coste del agua trasvasada es muy superior a los 0,097318 €/m³ que figuran en las tarifas aprobadas en el BOE.

Seguir leyendo Sobre el precio del Trasvase y la desalación

image_pdfimage_print
 

En el cincuentenario del «Plan para el trasvase de las aguas del río Tajo al Segura»

Las efemérides reflejan que el 15 de febrero de 1967 se aprobó el «Plan para el trasvase de las aguas del río Tajo al Segura», que dio pie a que se realizaran en ese mismo año los trabajos técnicos que dieron lugar en noviembre del mismo año al anteproyecto del Trasvase, al que se tituló: «Anteproyecto General del Aprovechamiento Conjunto de los recursos hidráulicos del Centro y Sureste de España. Complejo Tajo–Segura». Es de destacar la evolución en la nomenclatura, alargando el título para evitar la palabra «trasvase» que es sustituida falsariamente por «Aprovechamiento Conjunto».

Seguir leyendo En el cincuentenario del «Plan para el trasvase de las aguas del río Tajo al Segura»

image_pdfimage_print
 

Política del agua en España